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  "body_es_text": "Grande\nNormal\nPequeña\nSala Constitucional\n\nResolución Nº 14105 - 2011\n\nFecha de la Resolución: 21 de Octubre del 2011 a las 08:49\n\nExpediente: 10-005001-0007-CO\n\nRedactado por: No indica redactor\n\nClase de asunto: Recurso de amparo\n\nAnalizado por: SALA CONSTITUCIONAL\n\n\n\n\n\nTexto de la resolución\n\n \n\n*100050010007CO*\n\nExp: 10-005001-0007-CO\n\nRes. Nº 2011014105\n\n \n\nSALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las ocho horas y cuarenta y nueve minutos del veintiuno de octubre del dos mil once.\n\n   Gestión de inejecución promovida por Carlos Martín Chacón Martínez, portador de la cédula de identidad No. 3-259-773, contra el Ministerio de Salud, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental y la Municipalidad de Turrialba.\n\nRESULTANDO:\n\n1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las 09:55 horas del 29 de agosto de 2011 (ver escrito que corre agregado a folio 252-258), el recurrente acusó desobediencia a lo ordenado por el Tribunal Constitucional en el Voto No. 2011-003114 de las 09:03 horas del 11 de marzo de 2011, toda vez que, el Alcalde Municipal y el Presidente del Concejo Municipal ambos de la Municipalidad de Turrialba así como la Ministra de Salud, a la fecha de interpuesta la presente gestión, no han procedido a cumplir con lo ordenado por esta Sala.\n\n2.- Mediante resolución de las 11:11 horas del 08 de setiembre de 2011, se le dio traslado de la presente gestión al Alcalde Municipal y al Presidente del Concejo Municipal ambos de la Municipalidad de Turrialba así como a la Ministra de Salud.\n\n3.- Informó bajo juramento, María Elena Montoya Piedra, en su condición de Alcaldesa Municipal de Turrialba (ver folios del 243 al 250 y del 262 al 294 del expediente), que no es cierto lo alegado por el recurrente ya que se iniciaron lo trámites ante la SETENA para la obtención de la viabilidad ambiental para la debida operación del relleno sanitario en ese cantón; sin embargo, la SETENA ha recomendado que por ser un proyecto que ya está en ejecución, desde hace varios años, no aplica para la viabilidad ambiental y recomendaron un Estudio de Diagnóstico Ambiental, el cual ya fue solicitado y se encuentra en proceso. Agregó que se ha coordinado con el Ministerio de Salud; se conformó una Comisión Municipal que desde hace varios meses viene trabajando en diferentes campos; se está dando una solución integral a la problemática del relleno, desarrollando actividades como 13 ediciones de “Turriambiente”, que es un programa de educación ambiental y recolección de desechos sólidos valorizables que aparte de educar libera el relleno de toneladas de desechos sólidos; un programa de compostaje, donde todo el material orgánico de la feria del agricultor se recoge y trata y se obtiene abono orgánico y lixiviados que se utilizan como abono foliar y además también libera el relleno; se mantienen conversaciones con un avance significativo con una empresa de capital norteamericano y chino para realizar un proyecto de conversión de desechos orgánicos municipales para producir energía eléctrica limpia; se tiene en estudio una propuesta de la Fundación CEPRONA, para elaborar el plan municipal de desechos sólidos así como la oferta de la empresa Corporación Técnica Magallanes, para tomar en concesión privada la administración del relleno sanitario; se tiene la oferta de la empresa THG Energía Limpia S.A., para el aprovechamiento de los desechos sólidos para producir energía eléctrica por medio de incineración; se está estudiando y ya se presentó al Concejo Municipal, una propuesta de Reglamento y Plan Municipal de Manejo de Residuos, elaborada por un grupo de estudiantes del ITCR, la cual fue acogida en sesión N° 62 y en el artículo 4, inciso segundo, se acordó enviarla a la comisión de asuntos jurídicos para su estudio y aprobación; se reparó el tractor “grande” del relleno, el cual entró en operación; se está en proceso de elaboración de un plan de mitigación en el relleno y paralelamente se tiene un proceso de compra de los materiales que se requieren para la instalación de la tubería que recolectará los lixiviados, la recuperación de los tanques recolectores de lixiviados y barros así como para la elaboración de las chimeneas. Aseveró que  esa Municipalidad empezó a analizar el problema de manera integral enfocándose en la solución definitiva al proyecto en dos vertientes principales, la primera en relación con la obtención de la viabilidad ambiental y la segunda, respecto al a generación del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos, éste último constituido a partir de la metodología propuesta por CYMA, el cual surge del convenio entre el Gobierno de Costa Rica y el Alemán. Concluyó que como parte de este proceso complejo han realizado y dispuesto de los recursos humanos, tecnológicos y presupuestarios para el cumplimiento de la orden dada y como parte de este proceso, ya el Departamento de Proveeduría inició el Procedimiento de Contratación de un especialista ambiental para que apoye al equipo de trabajo que se ha conformado especialmente para atender y dar seguimiento y cumplimiento a la orden y cumplir con el Plan de Trabajo de esa Administración.\n\n4.- Informó bajo juramento, Luis Fernando Gómez Cordero, en su condición de Director a.i. del Área Rectora en Salud Turrialba del Ministerio de Salud (ver folios del 295 al 301 del expediente), que se procedió a solicitar el apoyo regional para la intervención del caso, el cual fue brindado en el tanto que se efectuó una reunión en esa Área Rectora con personeros de la Municipalidad, MINAET y el Ministerio de Salud para buscar soluciones al problema, posterior a esa reunión se les ordenó realizar una inspección personalmente al Relleno Sanitario y realizar un informe de la situación, mismo que se rindió mediante número CE-ARST-D-655-2011, donde se recomendó proceder con el cierre técnico del botadero de basura de Turrialba, ya que no existen medidas mínimas para mantenerlo operando sin afecta la salud pública ni el ambiente, posteriormente se continuó con reuniones conjuntas con la Municipalidad de Turrialba, no obstante el botadero no mostraba mejoría alguna, falta de mejoría que fue nuevamente denunciado y se elevó a la Dirección General de Salud de ese Ministerio, por lo que se le ordenó al Nivel Regional coordinar la confección de la Orden Sanitaria de Cierre Técnico del botadero, situación que se ha llevado a cabo en los últimos días y que no había sido notificado debido a situaciones fuera del alcance de ese Nivel.\n\n5.- Informó bajo juramento, Daisy María Corrales Díaz, en su condición de Ministra de Salud (ver folios del 302 al 332 del expediente), en idénticos términos en que lo hiciera a folio 295 el Director a.i. del Área Rectora en Salud Turrialba del Ministerio de Salud.\n\n6.- Informó bajo juramento, Carmen Machado Montoya, en su condición de Presidenta del Concejo Municipal de Turrialba (ver folios del 333 al 347 del expediente), en idénticos términos en que lo hiciera a folio 243 la Alcaldesa Municipal de Turrialba.\n\n          7.- En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones de ley.\n\n          Redacta la Magistrada Salazar Cambronero; y,\n\nConsiderando:\n\n  ÚNICO.- En el presente asunto, el recurrente aduce que las autoridades recurridas han incumplido lo ordenado por esta Sala mediante la Sentencia No. 2011-003114 de las 09:03 horas del 11 de marzo de 2011. No obstante lo anterior, este Tribunal no estima que lleve razón el interesado, toda vez que, de los hechos que constan en autos, así como de los informes rendidos por la Alcaldesa Municipal y la Presidenta del Concejo Municipal ambas de la Municipalidad de Turrialba y por el Director a.i. del Área Rectora en Salud Turrialba y la Ministra ambos del Ministerio de Salud -los cuales son dados bajo fe de juramento con oportuno apercibimiento de las consecuencias, incluso penales, previstas en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional-, se desprende con claridad que ambos recurridos han realizado todas las gestiones que se encuentran dentro del ámbito de sus competencias, a fin de dar cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, incluso, ordenando la confección de la Orden Sanitaria de Cierre Técnico del botadero de basura de Turrialba. De modo tal que, en criterio de esta Sala, la gestión de desobediencia es improcedente y así se declara.\n\nPOR TANTO:\n\n          No ha lugar a la gestión formulada.-\n\n\n\n\nGilbert Armijo S.\n\n\n\n\nPresidente a.i.\n\n\n\n\n\t\n\n \n\n\t\n\n\n\n\nErnesto Jinesta L.\n\n\t\n\n \n\n\t\n\nFernando Castillo V.\n\n\n\n\n\t\n\n \n\n\t\n\n\n\n\nFernando Cruz C.\n\n\t\n\n \n\n\t\n\nAracelly Pacheco S.\n\n\n\n\n\t\n\n \n\n\t\n\n\n\n\nRoxana Salazar C.\n\n\t\n\n \n\n\t\n\nJose Paulino Hernández G.\n\n  \n\nn lang=EN style='font-size:8.0pt;mso-fareast-font-family:\"Times New Roman\";mso-ansi-language: EN'>10-005001-0007-CO\n\n \n\n \n\nEs copia fiel del original - Tomado del Nexus.PJ el: 09-05-2026 11:31:35.\n\nSCIJ de Hacienda\nSCIJ de la Procuraduría General de la República",
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