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Recurso de amparo interpuesto por Eric Briones Briones, mayor, soltero, abogado y notario, cédula de identidad número 1-0739-0135, vecino de Moravia, contra el Alcalde y la Presidenta del Concejo, ambos de la Municipalidad de Moravia.\n\nResultando:\n\n1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las dieciséis horas once minutos del tres de noviembre del dos mil once, el recurrente interpone recurso de amparo contra el Alcalde y la Presidenta del Concejo, ambos de la Municipalidad de Moravia y manifiesta que vecino del residencial Altamoravia,   ubicada en el distrito de   San Vicente de Moravia. Indica que por acuerdo 913-2011, acta\n\nordinaria   78 de octubre de 2011, emitida por la autoridad recurrida dispuso construir un Centro de Manejo de Desechos Sólidos en ese residencial, pese a que se trata de una zona protegida por la existencia de mantos  acuíferos.  Señala que, en ningún momento,  la corporación municipal recurrida tomó en cuenta a la ciudadanía, ni tampoco solicitó a  la SETENA o MINAET los estudios ambientales para constatar la viabilidad del proyecto.   Señala que el alcalde recurrido   no ha respondido en forma clara y directa  a  los cuestionamientos hechos por los vecinos de la zona relacionados con los permisos e intereses de la actividad antes citada. En vista de lo anterior, estima que el actuar de la autoridad recurrida ha lesionado los principios precautorios  en materia ambiental, el de transparencia  y publicidad administrativa, así como  el derecho  a la participación ciudadana, principios  y\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nderechos reconocidos no sólo por  la constitución sino también en la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Por las razones expuestas, solicita a esta Sala que declare con lugar el recurso.\n\n2.- Informa bajo juramento Juan Pablo Hernández Cortes, en su condición de Alcalde de Moravia (escrito presentado a las 14:13 hrs del 10 de noviembre del 2011), que mediante acuerdo 928-2011 tomado por el Concejo en sesión ordinaria No. 80 del 7 de noviembre del 2011, se declararon con lugar dos recursos de revocatoria con apelación en subsidio en contra del acuerdo No. 913-2011, por lo que al acogerse esas objeciones, se aprobó la anulación de dicho acto. Debido a la falta de interés actual al haberse anulado el acuerdo 913-2011, solicita se declare sin lugar el recurso en todos sus extremos.\n\n3.-  Informa bajo  juramento  Yanina  Soto  Vargas,  en  su  condición  de Presidenta del Concejo de Moravia (escrito presentado a las 15:26 hrs del 11 de noviembre del 2011), en iguales términos que el Alcalde de Moravia. Solicita se declare sin lugar el recurso.\n\n4.- En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones legales. Redacta el Magistrado Castillo Víquez; y,\n\nConsiderando:\n\nI.-  Objeto del recurso. El recurrente alega que la Municipalidad de Moravia dispuso construir un Centro de Manejo de Desechos  Sólidos en Residencial Altamoravia, pese a que se trata de una zona protegida por la existencia de mantos acuíferos y, que no se tomó en cuenta a la ciudadanía, ni tampoco se solicitó a  la SETENA o MINAET, los estudios ambientales para constatar  la viabilidad del proyecto.\n\nII.- Hechos probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nsido acreditados o bien porque los recurridos hayan omitido referirse a ellos según lo prevenido en el auto inicial:\n\na)                  El Concejo de Moravia, mediante acuerdo No. 913-2011, tomado en\n\nla sesión ordinaria No.      78, aprobó que el terreno inscrito en el\n\nRegistro Nacional, matrícula No.      1-535047-000, propiedad  de la\n\nMunicipalidad de Moravia, se utilizara para la construcción de un Centro de Recolección de Materiales Recuperables y Valorizables, en conjunto  con  la  Unión  Cantonal de Asociaciones  de Moravia (informes de las autoridades recurridas).\n\nb)         El Concejo de Moravia, en  sesión  ordinaria No.           80  del   7  de\n\nnoviembre del 2011, mediante acuerdo No. 928-2011, declaró con lugar  dos  recursos  de  revocatoria  con  apelación  en  subsidio interpuestos por Pedro Dávila Álvarez y Javier Martí Meneses, vecinos de la Urbanización Alta Moravia y Saint Clare, en contra del acuerdo No. 913-2011, por lo que éste fue anulado (informes de las autoridades recurridas).\n\nIII.- Sobre el fondo. El acuerdo municipal, mediante el cual se dispuso la construcción  de  un  Centro  de  Recolección  de  Materiales  Recuperables  y Valorizables en el cantón de Moravia, que objetó el recurrente, por tratarse, entre otras argumentaciones,  de una zona protegida, fue anulado en virtud de los recursos administrativos interpuestos por dos vecinos, con  anterioridad a la notificación del curso de este amparo. En razón de lo anterior, se considera que el presente asunto carece de interés actual, por lo que se le desestima.\n\nPor tanto:\n\nSe declara sin lugar el recurso.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nAna Virginia Calzada M.             Presidenta\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nErnesto Jinesta L.                                                                              Fernando Cruz C.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nFernando Castillo V.                                                                           Roxana Salazar C.\n\n \n\n \n\n \n\nPaul Rueda L.                                                                         Jose Paulino Hernández G.\n\n \n\n \n\n-).8 03'/:\n\nMINX3PSGOZ061\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nEs copia fiel del original - Tomado del Nexus.PJ el: 09-05-2026 11:44:39.\n\nSCIJ de Hacienda\nSCIJ de la Procuraduría General de la República",
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