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  "body_es_text": "Grande\nNormal\nPequeña\nSala Constitucional\n\nResolución Nº 08130 - 2013\n\nFecha de la Resolución: 18 de Junio del 2013 a las 14:30\n\nExpediente: 12-009020-0007-CO\n\nRedactado por: No indica redactor\n\nClase de asunto: Recurso de amparo\n\nAnalizado por: SALA CONSTITUCIONAL\n\n\n\n\n\nTexto de la resolución\n\n \n\n \n\n \n\n \n\nEXPEDIENTE N° 12-009020-0007-CO\n\nExp: 12-009020-0007-CO Res. Nº 2013008130\n\nSALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil trece.\n\nGestión  de  inejecución  promovida  por  KATHERINE  CECILIANO HERRRERA,  cédula  de  identidad  número 1-255-640,  MIRIAM  MORA\n\nSERRANO, cédula de identidad número 1-1351-479   Y ROBERTO VARGAS ZÚÑIGA,   cédula   de   identidad   número 6-282-395,   contra   LA\n\nMUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN Y EL ÁREA RECTORA  DE SALUD DE PÉREZ ZELEDÓN.\n\nResultando:\n\n1.- Por escrito recibido vía fax de la Sala a las            16:16 horas del 30 de\n\nnoviembre de 2012, los recurrentes alegan que los hechos denunciados  en el presente asunto continúan invariables a la fecha actual, ya que no se ha dado el cierre técnico del botadero de Pérez Zeledón, de modo que las violaciones a los derechos fundamentales permanecen. Solicitan que se acoja la presente gestión.\n\n2.-Por medio de escrito recibido vía fax de la Sala a las 14:31 horas del 17 de diciembre de 2012, la recurrente aporta prueba documental dentro de la presente gestión de inejecución, las que según su criterio evidencia la falta del cierre técnico del botadero en cuestión. Solicita se acoja esta gestión.\n\n3.- Mediante resolución de las 15:24 horas del 5 de diciembre de 2012, se concede audiencia para contestar  la presente gestión a la Alcaldesa de Pérez Zeledón y al Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n3.- Por escrito recibido en vía fax de la Sala a las 16:36 horas del 19 de diciembre de 2012, informa bajo juramento Vera Corrales Blanco, en su condición de Alcaldesa de Pérez Zeledón (informe visible en el Sistema de Gestión de Despachos Judiciales), que respecto  de las medidas tomadas se halla que el vertedero de basura municipal está cerrado desde hace aproximadamente un año, momento desde el cual se dejó de botar basura en ese sitio, de modo que se inició el proceso para el cierre técnico del vertedero y así, solucionar el problema de contaminación. Indica que materialmente es imposible atender el problema en el plazo de un mes, en razón de los recursos y la contratación administrativa. Señala que se creó un cronograma para el cierre técnico del Vertedero Lomas de Cocorí, mediante el cual se logran determinar las actividades a realizar y el tiempo estimado para cada una. Dicho proyecto contempla un tiempo total de 6 meses, sin que se pueda disminuir el tiempo planeado. Expone en con fundamento en dicho cronograma, se inició el levantamiento topográfico preliminar el terreno y encaje para obtener coordinadas de los puntos a replantear. Tal proceso tardará un mes más, debido a que se detectaron problemas en los planos topográficos ya existentes. Respecto de la contratación de la maquinaria, se iniciaron las gestiones para dotar de contenido presupuestario el proyecto cierre y el 23 de octubre de 2012, el Concejo  Municipal aprobó una modificación presupuestaria  para dar iniciar al proceso  de contratación. En noviembre se solicitó la contratación de alquiler de vagoneta para realizar los diferentes trabajos del cierre técnico, posteriormente, se solicitó la contratación de alquiler de pala de retroexcavadora y se contratará el alquiler de la niveladora. El 17 de diciembre de 2012, mediante el documento ACT-18912-SPM la Proveeduría Municipal adjudicó la contratación directa de las anteriores contrataciones de maquinaria y se está a la espera del plazo de apelaciones, para luego iniciar con los trabajos. Se contrató también la\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nadquisición de combustible para la maquinaria municipal. Sostiene que para el presupuesto de 2013 se incluiría una partida que permita la labor ininterrumpida del cierre. Menciona que se iniciaron las gestiones ante la SETENA para obtener la modificación de la viabilidad ambiental necesaria para el cierre vertedero, la cual se encuentra a la espera de ser aprobada y tal requisito es necesario para continuar el proceso. Considera que no se ha incurrido en desobediencia ni en violación alguna, ya que ese municipio ha efectuado las actuaciones respectivas para el cierre técnico, pero están sujetos a diversas actuaciones administrativas y resulta un proceso complejo. Solicita que se desestime la gestión.\n\n4.- Mediante escrito recibido por sistema de fax de la Sala a las 10:15 horas del 20 de diciembre de 2012, el Presidente del Concejo  Municipal de Pérez Zeledón expone las diversas actuaciones realizadas por ese órgano respecto del cierre técnico del vertedero referido.\n\n5.- Por medio de escrito recibido en la Secretaria de la Sala a las 10:49 horas del 21 de diciembre de 2012, la Viceministra de Salud se manifiesta respecto de las actuaciones realizadas por el Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón en torno a la orden constitucional.\n\n6.- Mediante escrito recibido vía correo electrónico de la Sala a las 14:19 horas del 28 de febrero de 2013, informa bajo juramento Gustavo Adolfo Herrera, en su condición de Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón (informe visible en el Sistema de Gestión de Despachos Judiciales), que el 18 de octubre de 2012 se giró la orden sanitaria número ARSPZ-ERS-MAB-311-2012 mediante la que se solicitó al Presidente del Concejo Municipal y a la Alcaldesa de Pérez Zeledón implementar de inmediato el proyecto de cierre técnico. Indica que el 13 de  noviembre  de 2012  la  alcaldesa  accionada  presentó  el  cronograma  de\n\nactividades. Señala que el 5 de febrero de 2013 se realizó una visita al lugar, que\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nse documentó mediante el informe ARSPZ-ERS-MAB-0243-2013 y se indicó que para esa fecha se estaba desarrollando los trabajos de transporte de arcilla, esparcimiento, conformación y compactación, por lo que se estaba cumpliendo en un porcentaje alto -89%- de los trabajos y así se acataba el cronograma de obras\n\npendientes a esa fechas. Acota que no se observó la existencia de agujeros para la ubicación de chimeneas y tapas para la extracción de gases.\n\n7.- Por medio de escrito recibido vía correo electrónico de la Sala a las 10:58 horas del 22 de marzo de 2013, el Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón informa que según la inspección efectuada el 19 de marzo de 2013, que se documentó en el informe ARSPZ-ERS-MAB-639-2013, se determinó que existe un incumplimiento por parte de la municipalidad accionada en la implementación del cronograma, ya que no hubo un avance de las obras desde la última visita efectuada el 15 de febrero del año en curso,  todavía se observan residuos  y cúmulos de tierra sin esparcir y no hay maquinaria trabajando en el lugar. Según el cronograma  de  actividades,  para  esa  fecha  ya  debía  estar  terminado  el esparcimiento de arcilla y la conformación para tapar los residuos, la colocación de chimeneas y tapas, así como la colocación de tierra fértil, las cuales no se han realizado. En virtud de tal incumplimiento, se dará trámite de denuncia penal ante los Tribunales de Justicia por el delito de desobediencia por desacato de la orden sanitaria número ARSPZ-ERS-MAB-311-2012 del 18 de octubre de 2012.\n\n8.- Mediante escrito recibido por fax de la Sala a las 14:01 horas del 4 de junio de 2013, los gestionantes reiteran su alegato de desobediencia.\n\n9.- Mediante sentencia número 2012-13388 de las 14:30 horas del 25 de setiembre de 2012, esta Sala declara con lugar el recurso y ordena a Vera Violeta Corrales Blanco, en su condición de Alcaldesa Municipal de Pérez Zeledón, así como a Gustavo Adolfo Rodríguez Herrera, en su condición de Director del Área\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nRectora de Salud del Ministerio de Salud Pública en Pérez Zeledón, o a quienes en su lugar ocupen dichos  cargos,  que  de  manera  inmediata  adopten  de  manera coordinada   las medidas de mitigación y seguridad correspondientes y necesarias para que dentro del plazo improrrogable de un mes contado  a partir de la notificación de la presente   resolución,  se   solucione   de   manera   definitiva   el problema  de contaminación ambiental generado por el uso el vertedero de Lomas de Cocorí de Pérez Zeledón.\n\n10.-En los procedimientos  seguidos se han observado  las prescripciones legales.\n\nRedacta la Magistrada Salazar Cambronero; y,\n\n \n\nConsiderando:\n\nI.- Sobre la actuación del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón. En la especie, los gestionantes aducen que las autoridades accionadas no han cumplido la orden constitucional,  ya que a la fecha no han realizado acto alguno para solucionar el problema denunciado. Sobre tal alegato, el Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón informa bajo fe de juramento que el 18 de octubre de 2012 se giró la orden sanitaria número ARSPZ-ERS-MAB-311-2012, mediante la que se solicitó al Presidente del Concejo Municipal y a la Alcaldesa de Pérez Zeledón implementar de inmediato el proyecto de cierre técnico, relacionado con el cronograma de actividades. En razón de lo anterior, el 5 de febrero de 2013 se realizó una visita al lugar y se determinó que para esa fecha se estaban desarrollando los trabajos de transporte de arcilla, esparcimiento, conformación y compactación, por lo que se estaba cumpliendo en un porcentaje alto de los trabajos del cronograma de obras pendientes; empero,  no se observó la existencia de agujeros para la ubicación de chimeneas y tapas para la extracción de gases.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nPosteriormente, en la inspección efectuada el 19 de marzo de 2013 se comprobó que existe un incumplimiento por parte de la municipalidad accionada  en la implementación del cronograma, ya que no hubo un avance de las obras desde la última visita efectuada el 15 de febrero del año en curso, de manera que todavía existían residuos y cúmulos de tierra sin esparcir y no había maquinaria trabajando en el lugar. Según el cronograma de actividades, para esa fecha ya debía estar terminado el esparcimiento de arcilla, la conformación para tapar los residuos, la colocación de chimeneas y tapas, así como la colocación de tierra fértil, las cuales no se habían realizado. En virtud de tal incumplimiento, esa dirección dispuso dar trámite a la denuncia penal por el delito de desobediencia  a la orden sanitaria número ARSPZ-ERS-MAB-311-2012 del 18 de octubre de 2012. Bajo tal tesitura, esta Sala observa que el área rectora recurrida llevó a cabo las acciones de su competencia para cumplir la orden emitida en el voto número 2012-13388, ya que solicitó la creación de un cronograma de actividades, que sirvió como base para dar seguimientos a las actuaciones pertinentes para el cierre técnico del vertedero. Asimismo, dictó la orden sanitaria número ARSPZ-ERS-MAB-311-2012 del 18 de octubre de 2012, mediante la que se dispuso implementar el cierre en cuestión, efectuó inspecciones velar por el cumplimiento del cronograma de actividades y determinó la falta de acatamiento de la orden sanitaria supra citada, por lo que se dispuso gestionar el trámite a nivel penal. Por consiguiente, resulta claro que de acuerdo con su competencia, esa autoridad accionada desplegó actos necesarios para cumplir la orden constitucional y elevó hasta la última instancia la situación acaecida. En consecuencia, lo procedente es desestimar esta gestión respecto de este extremo.\n\nII.- Sobre la actuación de la Municipalidad de Pérez Zeledón.  En cuanto a dicha corporación municipal, la alcaldesa accionada informa bajo juramento que\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nel botadero en cuestión se encuentra cerrado desde hace aproximadamente un año y que se inició con el cierre técnico del mismo. Para tal efecto, se creó un cronograma de trabajo, mediante el cual se logran determinar las actividades a realizar y el tiempo estimado para cada una. Dicho proyecto contempla un tiempo total de 6 meses.  Una vez efectuado  tal programa,  se inició el levantamiento topográfico preliminar el terreno y el encaje para obtener coordinadas  de los puntos a replantear. Asimismo, se efectuaron los trámites administrativos para la contratación de la maquinaria para el cierre. El 17 de diciembre de 2012, mediante el documento ACT-18912-SPM la Proveeduría Municipal adjudicó la contratación directa de las anteriores contrataciones  de maquinaria. Sostiene que para el presupuesto de 2013 se incluiría una partida que permita la labor ininterrumpida del cierre. Además, se iniciaron las gestiones ante la SETENA para obtener la modificación de la viabilidad ambiental necesaria para el cierre vertedero, la cual se encuentra a la espera de ser aprobada y tal requisito es necesario para continuar el proceso. Considera  que se han realizado las actuaciones respectivas  para el cierre técnico, pero están sujetos a diversas actuaciones administrativas y resulta un proceso complejo. Al respecto, este Tribunal Constitucional denota que si bien el gobierno local accionada implementó un cronograma de actividades para lograr le cierre técnico del vertedero de Lomas de Cocorí de Pérez Zeledón, lo cierto es que según se constata dicho cronograma de actividades no ha sido respetado y cumplido por ese gobierno local. Lo anterior, se representa una falta de actuación diligente por parte de ese municipio, aun cuando existen trámites administrativos, debe velar por el cumplimiento de sus obligaciones. En tal sentido, como bien informa bajo juramento el Director de Área Rectora de Salud, de acuerdo con las inspecciones de campo efectuadas  se logró determinar que el cronograma  de actividades  no  ha  sido  cumplido  por  la  municipalidad  accionada,  lo  que\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\ndesembocó en el trámite de la denuncia penal por desacato a la orden sanitaria ARSPZ-ERS-MAB-311-2012. Entonces, pese a que se han llevado a cabo algunos actos para atener la problemática, aun no se ha solucionado definitivamente dicha situación. Por consiguiente, resulta claro que la falta de cumplimiento del cronograma de actividades que permita el cierre técnico del botadero mencionado conlleva a la omisión de las acciones necesarias para el acatamiento de la orden constitucional. En virtud de lo anterior, corresponde  acoger esta gestión de inejecución respecto de este extremo. En consecuencia, se le reitera a Vera Violeta Corrales Blanco, en su condición de Alcaldesa Municipal de Pérez Zeledón, el cumplimiento de lo dispuesto en el voto número 2012-13388 de las 14:30 horas del 25 de setiembre de 2012, bajo la advertencia de ordenarse el testimonio de piezas en su contra si no lo hiciere.\n\nPor tanto:\n\nSe le reitera a Vera Violeta Corrales Blanco, en su condición de Alcaldesa Municipal de Pérez Zeledón, el cumplimiento inmediato de lo dispuesto  en la sentencia número 2012-13388 de las 14:30 horas del 25 de setiembre de 2012, bajo la advertencia de ordenarse  el testimonio de piezas en su contra si no lo hiciere. En cuanto al Área Rectora de Salud, no ha lugar a la gestión formulada.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nGilbert Armijo S.\n\nPresidente a.i\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nErnesto Jinesta L.                                                                             Fernando Cruz C.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nFernando Castillo V.                                                                         Aracelly Pacheco S.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nRoxana Salazar C.                                                                     Jose Paulino Hernández G.\n\n \n\n \n\n \n\n \n\nDocumento Firmado Digitalmente\n\n \n\n-- Código verificador --\n\n/50# % 6*+%\n\nOUPC4E5VJKE61\n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\n \n\nEs copia fiel del original - Tomado del Nexus.PJ el: 09-05-2026 13:24:30.\n\nSCIJ de Hacienda\nSCIJ de la Procuraduría General de la República",
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