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  "id": "norm-103659",
  "citation": "Decreto 44800",
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  "doc_type": "executive_decree",
  "title_es": "Declaratoria de zona catastrada del Distrito San Rafael, Oreamuno, Cartago",
  "title_en": "Cadastral Zone Declaration for San Rafael District, Oreamuno, Cartago",
  "summary_es": "Este decreto ejecutivo declara como zona catastrada el distrito 01 San Rafael, del cantón 07 Oreamuno, provincia de Cartago, según el artículo 20 de la Ley de Catastro Nacional N° 6545. La declaratoria se basa en la conclusión del levantamiento catastral en dicho distrito, la exposición pública de resultados y la resolución de reclamos por los propietarios. Se establecen los efectos jurídicos y especificaciones técnicas previamente definidos en el Decreto Ejecutivo N° 36830-JP. La medida busca formalizar la información catastral para fines registrales e inmobiliarios, sin implicar cambios en el uso del suelo. El decreto no aborda materias ambientales, forestales o de conservación de recursos naturales.",
  "summary_en": "This executive decree declares the district 01 San Rafael, canton 07 Oreamuno, province of Cartago, as a cadastral zone, pursuant to Article 20 of the National Cadastre Law No. 6545. The declaration follows the completion of cadastral survey work in the district, a public exhibition of results, and the resolution of owners' claims. It establishes the same legal effects and technical specifications as those in Executive Decree No. 36830-JP. The measure aims to formalize cadastral information for registration and real-estate purposes, without implying any change in land use. The decree does not address environmental, forestry, or natural-resource conservation matters.",
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  "date": "04/11/2024",
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    "zona catastrada",
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    "Registro Inmobiliario",
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    "Decreto Ejecutivo 44800"
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    "Real Estate Registry",
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    "Executive Decree 44800"
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  "excerpt_es": "VI.-Que en resolución de las nueve horas treinta minutos del once de setiembre del año dos mil veinticuatro, el Registro Inmobiliario del Registro Nacional declaró firmes los datos catastrales resultantes del levantamiento catastral efectuado en el CANTÓN 07 Oreamuno, distrito 01 San Rafael, provincia 03 Cartago.\n\nVII.-Que ya transcurrieron los términos de los plazos establecidos en el artículo 20 de la Ley del Catastro Nacional y fueron resueltos, por la Dirección del Registro Inmobiliario del Registro Nacional, los reclamos presentados por los propietarios.\n\nArtículo 1º-De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Catastro Nacional N° 6545 de 25 de marzo de 1981, se declara zona catastrada el cantón 07 Oreamuno, distrito 01 San Rafael, provincia 03 Cartago.",
  "excerpt_en": "VI.—By resolution at nine thirty hours on eleven September two thousand twenty-four, the Real Estate Registry of the National Registry declared firm the cadastral data resulting from the cadastral survey carried out in CANTON 07 Oreamuno, district 01 San Rafael, province 03 Cartago.\n\nVII.—The terms of the deadlines established in Article 20 of the National Cadastre Law have elapsed, and the claims filed by the owners were resolved by the Directorate of the Real Estate Registry of the National Registry.\n\nArticle 1.—Pursuant to Article 20 of National Cadastre Law No. 6545 of 25 March 1981, canton 07 Oreamuno, district 01 San Rafael, province 03 Cartago, is hereby declared a cadastral zone.",
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    "summary_en": "The district of San Rafael, Oreamuno, Cartago, is declared a cadastral zone, formalizing the cadastral survey data.",
    "summary_es": "Se declara zona catastrada el distrito San Rafael de Oreamuno, Cartago, formalizando los datos del levantamiento catastral."
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      "quote_en": "Article 1.—Pursuant to Article 20 of National Cadastre Law No. 6545 of 25 March 1981, canton 07 Oreamuno, district 01 San Rafael, province 03 Cartago, is hereby declared a cadastral zone.",
      "quote_es": "Artículo 1º-De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Catastro Nacional N° 6545 de 25 de marzo de 1981, se declara zona catastrada el cantón 07 Oreamuno, distrito 01 San Rafael, provincia 03 Cartago."
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      "quote_en": "Article 2.—This declaration shall be governed by the same legal effects and technical specifications issued in Executive Decree No. 36830-JP of 12 September 2011...",
      "quote_es": "Artículo 2º-Rigen para esta declaratoria, los mismos efectos jurídicos y especificaciones técnicas, que se emitieron en el Decreto Ejecutivo N° 36830-JP del 12 de setiembre de 2011..."
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  "source_url": "https://pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=103659&strTipM=TC&nValor3=0",
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  "body_es_text": "Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar\n                en la totalidad del texto\n\n                Ir al final del documento\n\n                    - Usted está en la última versión de la norma\n                    -\n\n                        Texto Completo Norma 44800\n\n                        Declara zona catastrada el Distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno,\nProvincia 03 Cartago\n\nN°\n44800-JP\n\nEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\n\nY EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ\n\nCon fundamento en los incisos 3) y 18) del\nartículo 140 y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, en los artículos\n25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso b) de la Ley General de la\nAdministración Pública, Ley N° 6227 de 2 de mayo de 1978, Ley de Creación del\nRegistro Nacional, Ley N° 5695 de 28 de mayo de 1975 (reformada por leyes N°\n8766 de 1 de setiembre de 2009, Ley N° 8823 de 5 de mayo de 2010, Ley N° 8710\nde 3 de febrero de 2009, Ley N° 7764 de 17 de abril de 1998, y por Ley N° 5950\nde 27 de octubre de 1976. Asimismo, artículos 13, 14, 15, 20, 21 de la Ley de\nCatastro Nacional N° 6545 de 25 de marzo de 1981, artículos 7 y 26 de\nReglamento a la Ley de Catastro Nacional, Decreto Ejecutivo N° 34331 de 29 de\nnoviembre de 2007 (reformado por Decreto Ejecutivo N° 34763 de 16 de setiembre\nde 2008), Ley N° 8154 de 27 de noviembre de 2001, \"Convenio de Préstamo N°\n1284/0C-CR, Programa de Regularización Catastro y Registro\", Decreto Ejecutivo\nN° 30106-J, de 6 de diciembre de 2001, \"Declara Zona Catastral la Totalidad de\nlos Cantones del Territorio Nacional\" y Decreto Ejecutivo N° 35509-J de 30 de\nsetiembre de 2009, No. 198 del 13 de octubre del 2009 \"Reglamento de\nOrganización del Registro Inmobiliario\".\n\nConsiderando:\n\nl.-Que mediante Ley N° 8710, publicada en La\nGaceta N° 48 del 10 de marzo de 2009 se reforma el artículo 2 de la Ley N°\n5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en el Diario Oficial La\nGaceta No. 106 del 07 de junio de 1975 y sus reformas, indicando que el\nCatastro Nacional pasa a formar parte del Registro Inmobiliario.\n\nll.-Que el Decreto Ejecutivo N° 35509-J de\n30 de setiembre de 2009, Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario\npublicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 198 del 13 de octubre de\n2009, establece que el Registro Inmobiliario está conformado por la\nSubdirección Catastral y la Subdirección Registral.\n\nIII.-Que\nel Registro Inmobiliario del Registro Nacional, con fundamento en la Ley de\nCatastro Nacional N° 6545 de 25 de marzo de 1981, publicada en el Diario Oficial\nLa Gaceta No. 73 del 15 de abril de 1981 en su artículo 13 tiene como\npotestad exclusiva, la ejecución y mantenimiento del Catastro, función que\npuede delegar parcialmente en otras instituciones estatales.\n\nIV.-Que de conformidad con lo que establece\nel artículo 1 0 Decreto Ejecutivo N° 30106-J donde se 'Declara Zona Catastral\nla Totalidad de los Cantones del Territorio Nacional\" publicado en La Gaceta\nN° 19 de 28 de enero de 2002 y el artículo 7 del Reglamento a la Ley del\nCatastro Nacional, Decreto Ejecutivo N° 34331, publicado en el Diario Oficial La\nGaceta No. 41 del 27 de febrero del 2008 el cual rige desde el 27 de\nsetiembre de 2008, la totalidad de los cantones del territorio nacional fueron\ndeclarados zona catastral.\n\nV.-Que por haber concluido los trabajos de\nlevantamiento catastral del Cantón 07 Oreamuno, Distrito 01 San Rafael,\nProvincia 03 Cartago, y de conformidad con lo que establece el artículo 19 de\nla Ley de Catastro Nacional y 10 de su reglamento, fueron invitados los\ntitulares de inmuebles de dicho distrito a una exposición pública para conocer\nlos resultados del levantamiento y manifestar su conformidad o disconformidad\nmediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta N° 217 de 22 de\nnoviembre del 2023, página 59 y en los diarios de circulación nacional La\nNación del 27 de noviembre del 2023, página 18 y La Teja del 25 de noviembre\ndel 2023, página 6, exposición que se llevó a cabo del 29 de noviembre al 06 de\ndiciembre del 2023.\n\nVI.-Que en resolución de las nueve horas\ntreinta minutos del once de setiembre del año dos mil veinticuatro, el Registro\nInmobiliario del Registro Nacional declaró firmes los datos catastrales\nresultantes del levantamiento catastral efectuado en el CANTÓN 07 Oreamuno,\ndistrito 01 San Rafael, provincia 03 Cartago.\n\nVII.-Que ya transcurrieron los términos de\nlos plazos establecidos en el artículo 20 de la Ley del Catastro Nacional y\nfueron resueltos, por la Dirección del Registro Inmobiliario del Registro\nNacional, los reclamos presentados por los propietarios. Por tanto:\n\nDecretan:\n\nSE DECLARA ZONA CATASTRADA EL DISTRITO 01\n\nSAN RAFAEL, CANTÓN 07 OREAMUNO,\n\nPROVINCIA 03 CARTAGO\n\nArtículo 1º-De conformidad con el artículo\n20 de la Ley de Catastro Nacional N° 6545 de 25 de marzo de 1981, se declara\nzona catastrada el cantón 07 Oreamuno, distrito 01 San Rafael, provincia 03\nCartago.\n\n Ficha articulo\n\nArtículo 2º-Rigen para esta declaratoria,\nlos mismos efectos jurídicos y especificaciones técnicas, que se emitieron en\nel Decreto Ejecutivo N° 36830-JP del 12 de setiembre de 2011, publicado en el\nperiódico oficial La Gaceta N° 208 del lunes 31 de octubre 2011,\nartículos 2 al 6.\n\n Ficha articulo\n\nArtículo 3º-Rige a partir de su\npublicación.\n\nDado\nen la Presidencia de la República.-San José, cuatro de noviembre del dos mil\nveinticuatro.\n\n Ficha articulo\n\nFecha de generación: 5/5/2026 19:27:17\n\n                                        Ir al principio del documento",
  "body_en_text": "Given under the Presidency of the Republic.—San José, November fourth, two thousand twenty-four.\n\nArticle 1.—In accordance with Article 20 of the National Cadastre Law No. 6545 of March 25, 1981, the canton 07 Oreamuno, district 01 San Rafael, province 03 Cartago, is hereby declared a cadastral zone (zona catastrada).\n\nArticle 2.—The same legal effects and technical specifications issued in Executive Decree No. 36830-JP of September 12, 2011, published in the official gazette La Gaceta No. 208 of Monday, October 31, 2011, Articles 2 through 6, shall govern this declaration.\n\nArticle 3.—It shall be effective upon its publication."
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